El Consello de Contas cuestiona la práctica totalidad de la gestión de Función Pública.

Un reciente informe del Consello de Contas pone en evidencia el fracaso de la Función Pública de Galicia en el período 2014-2019.

El Informe de Fiscalización de Gastos de Persoal da Administración Xeral de la Comunidad Autónoma de Galicia, fechado el 10 de noviembre de 2021, analiza en detalle la gestión de personal llevada a cabo por la Dirección Xeral de Función Pública y es contundente en su crítica.

Dicho informe, que entre otros objetivos trata de verificar si determinados procesos de la gestión de personal en la Administración General de la Xunta de Galicia, -es decir, el personal que gestiona directamente la Dirección Xeral de Función Pública- se desarrolla de acuerdo con los parámetros de la buena administración, censura la práctica totalidad de dicha gestión.

En el informe, el Consello de Contas analiza, entre otras cuestiones, las Ofertas de Empleo Público, la falta de adecuación de las RPT’s, la excesiva duración de los procesos selectivos, la necesidad de tribunales de selección especializados, la ausencia de control en la contratación temporal, la inoperatividad de los concursos de traslados, la arbitrariedad de las libres designaciones y comisiones de servicio, la falta de transparencia, etc.

Así, y de manera resumida, el Consello de Contas denuncia sin paliativos los siguientes aspectos.

El informe comienza denunciando la falta de transparencia sobre la información que se le facilita al propio Consello, toda vez que no le permite determinar con precisión los efectivos reales de la Administración y de las entidades instrumentales.

Con respecto a las Ofertas de Empleo Público (OPE), el Consello de Contas acusa la falta de un análisis y previsión de la estimación plurianual de las necesidades y de la tendencia del envejecimiento del cuadro de personal, lo cual no permite un adecuado control de las orientaciones y criterios estratégicos necesarios para la programación y racionalización de las necesidades de personal.

Además, el Consello pone de manifiesto que la Administración no siempre cumplió con la obligación de incluir todas las vacantes en las OPE’s correspondientes.

En relación con las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT’s), el Consello de Contas indica la necesidad de adecuación de las actuales estructuras de puestos a las necesidades de trabajo, determinando que puestos deben integrarse en la RPT por responder a necesidades actuales de la Administración, así como lo que deban reducirse por no estar ocupados.

Según afirma el órgano fiscalizador, un número significativo de puestos de trabajo que se registran en las relaciones de puestos facilitadas por la Dirección Xeral de Función Pública aparecen calificados como “fuera de las RPT’s (2.512 en el año 2019).

Las críticas del Consello de Contas no deja fuera a la excesiva prolongación en la duración de los procesos selectivos. Lo cual incide en la prolongación de situaciones de temporalidad, dificulta el desarrollo de los concursos y el relevo generacional.

Así, pone de ejemplo que a fecha 31 de diciembre de 2019 se encontraban todavía abiertos procesos correspondientes a la OPE del año 2015.

El Consello de Contas no deja pasar la ocasión para recomendar la creación de órganos especializados y permanentes para la organización de los procesos selectivos, así como la adopción de medidas de agilización en su desarrollo.

La falta de control en la contratación de personal es también objeto de análisis del informe de fiscalización. En este aspecto, pone de relieve el elevado número de personal declarado indefinido no fijo por sentencias judiciales, manifestándose un relevante incremento en el año 2019 (1.462) frente al año anterior (1.060). Y todo ello motivado por la ocupación con contratos temporales de plazas vacantes en la Administración por más de tres años desde que se firmó el contrato temporal sin que la Administración hubiera abierto un proceso selectivo.

A este respecto, el Consello de Contas, además de afirmar el origen irregular en la contratación, recuerda la exigencia de responsabilidad establecida en el actual artículo 28.4 de la Ley de empleo público de Galicia. Y ello lo hace a modo de denuncia encubierta de la falta de dicha exigencia por los órganos competentes.

Incurrirán en responsabilidad, en los términos previstos por la presente ley, las personas que con su actuación irregular den lugar a la conversión en indefinida de una relación laboral de carácter temporal”

Pero más crítico es el Consello de Contas con los concursos de traslados y los nombramientos de plazas por Libre Designación o mediante Comisiones de Servicios.

Con respecto a los Concursos de Traslados, el ente fiscalizador afirma que no están funcionando como forma regular de provisión de los puestos de funcionarios.

Así, según el informe, sólo el 56% de las plazas de funcionarios ocupadas que tienen como forma de provisión el concurso ordinario aparecen cubiertas por este sistema.

Con respecto al concurso específico, el informe denuncia una inoperatividad aún mayor. Dicho sistema sólo se utilizo para la cobertura del 2% de las plazas, recurriendo en su lugar al nombramiento por Libre Designación o mediante comisiones de servicio.

En lo que se refiere a la adjudicación de puestos por el sistema de Libre designación, el Consello de Contas, sin citarlo expresamente, viene a denunciar un sistema claramente arbitrario.

A este respecto afirma que en las resoluciones de adjudicaciones de puestos por libre designación no se están plasmando adecuadamente la motivación de los criterios concretos aplicados para decidir el nombramiento, ni las calidades profesionales consideradas en los funcionarios nombrados para apreciar que concurren en mayor medida que en los restantes candidatos.

Misma critica incisiva hace con respecto a la provisión de puestos mediante Comisiones de Servicio, en las que denuncia que no consta una motivación adecuada de la designación del candidato seleccionado ni la publicación de las adjudicaciones de las plazas convocadas.

Por ello, es el propio Consello de Contas quien recomienda que se exterioricen en los expedientes que resuelven las libres designaciones y comisiones de servicio el nombramiento de los funcionarios seleccionados, así como dar publicidad a las resoluciones y a los criterios de selección.

El informe del Consello de Contas coincide y ratifica las denuncias que CSIF viene realizando en los últimos años.

Todas y cada una de las denuncias relativas a la mala gestión contenidas en este informe, fueron realizadas reiteradamente por CSIF a lo largo de los últimos años.

Fue justo por estas críticas a la mala y fracasada gestión de personal por lo que CSIF fue tildado en más de una ocasión por el Director Xeral de Función Pública como el “sindicato más crítico y combativo con la acción de este gobierno”.

Ahora, a la vista del contundente informe del Consello de Contas, sólo caben dos opciones:

O el Consello de Contas es el órgano fiscalizador independiente más crítico y combativo con la acción de este gobierno o CSIF tenía razón en sus denuncias y la gestión de personal llevada a cabo por el Director de Función Pública, además de ser perjudiciales para el conjunto de los empleados públicos, son un verdadero fracaso.

Nota: Durante los años 2020 y 2021, la gestión en materia de personal llevada a cabo por la Dirección de Función Pública fue inalterable con respecto al período analizado en el Informe del Consello de Contas.