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Alegaciones a los criterios de elección de destino de cuerpos generales

 Alegaciones a los criterios de elección de destino de cuerpos generales. Procesos que incluyen plazas de libre, estabilización y consolidación en plazas de funcionario ocupadas por personal laboral indefinido no fijo.

 Con el objetivo de garantizar que la elección de destino de los procesos selectivos de procesos con plazas de libre, estabilización y consolidación se realicen con la máxima seguridad jurídica y el objetivo de contribuir a la reducción de la temporalidad en el empleo público por debajo del 8 por ciento, desde CSIF planteamos una propuesta alternativa a la planteada por Función Pública:

Siguiendo el ejemplo del A1 presentado por Función Pública (133 plazas convocadas, 78 plazas necesarias)

Nos quedarían por incorporar 78-52= 26, pero teniendo en cuenta que 2 son para ofertar en el turno de promoción interna, la cual no afecta a la estabilización o consolidación, quedarían por incorporar 24

Nos quedarían por incorporar 24-14= 10 plazas.

Respecto al proceso del A2, donde se nos dice que hay un número igual de aprobados que el plazas ofertadas, consideramos que en la misma línea expresada con anterioridad, debemos ofertar plazas que no estén afectadas por la nueva ley 20/21, lo que requeriría, para que esta Central Sindical pueda hacer la propuesta detallada, una ampliación de los datos aportados, fundamentalmente en relación a las plazas vacantes del A2 disponibles y la fecha en la que quedaron vacantes, así como el número de plazas cubiertas de forma temporal desde el 1 de enero de 2018 y que continúen con esa cobertura en estos momentos.

CSIF – ALEGACIONES CRITERIOS ELECCION DE DESTINO

 

 

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