LA DGT confirma la información de CSIF sobre los vehículos de incendios

  • El informe fue emitido a petición de CSIF.
  • La Dirección General de Tráfico confirma que sus velocidades máximas son las de los camiones.

La Dirección General de Tráfico, a través de su Jefatura Provincial de Pontevedra, ha emitido un informe en el que, en base a los antecedentes obrantesen el Registro de Vehículos de la DGT, informa de la clasificación como camiones de los vehículos Wolkswagen Amarok y Nissan Navara puestos a disposición del SPDCIF.

El informe de la DGT, emitido a petición de CSIF, lo solicitamos especificando la matrícula de dos vehículos; una de la matriculas correspondiente a un Wolkswagen Amarok y la otra a un Nissan Navara, ambos vehículos pertenecientes al SPDCIF.

La contestación de la DGT es contundente:

“Conforme a lo previsto en el artículo 48 del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, las velocidades máximas en vías fuera de poblado para este tipo de vehículos son:

  1. En autopistas y autovías: 90 kilómetros por hora.
  2. En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura, o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación: 80 kilómetros por hora.
  3. En el resto de las vías fuera de poblado: 70 kilómetros por hora.”

Seguimos a la espera de que desde la Xunta de Galicia se confirmen los datos publicados por CSIF y se aporte información oficial sobre las velocidades máximas autorizadas de los vehículos puestos a disposición de los bomberos forestales, así como del resto de normas que les son de aplicación.