Ante las numerosas consultas realizadas por personal del SPDCIF sobre las velocidades de circulación delos nuevos vehículos pick-up proporcionados por la Consellería de Medio Rural a los Bomberos Forestales, creemos necesario informar, en primer lugar, que las velocidades a las que podemos circular tanto con las Nissan Navara como con los Volkswagen Amarok, son las velocidades establecidas para los camiones, no para los turismos.
La explicación a esto la tenemos en la tarjeta de ITV, que debe acompañar a todos los vehículos, en la que se puede comprobar la clasificación del vehículo, en el campo CL. Este campo consta de 4 dígitos, los dos primeros clasifican el vehículo por criterios de construcción; y los dos últimos lo clasifican por criterios de utilización.
En los Volkswagen Amarok, que según su documentación originalmente eran considerados como turismos (1700), pero después de la reforma de MONBUS el vehículo se reclasifica como camión de MMA < 3500 Kg (2046).
Volkswagen Amarok |
17 00 (antes reforma) |
17 Pick up (turismo según la instrucción 17/TV-97 DGT) 00 Uso sin especificar |
20 46 (después reforma) |
20 –Camión de MMA< 3500 kg. 46 – Vehículo destinado al servicio Bomberos |
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Nissan Navara |
20 33 |
20 Camión de MMA < 3500 Kg 33 Uso Todo Terreno |
En cuanto a otras normas de circulación recordar que con estos vehículos no podremos usar los carriles reversibles o viales VAO, no usar otras vías con circulación prohibida para camiones, y limitaciones de circulación debidas a las inclemencias invernales.
CSIF exige a la Consellería de Medio Rural que informe a los Bomberos Forestales sobre las características de estos vehículos y su afección sobre las normas de circulación.
CSIF exige además una explicación por parte de la Consellería sobre el renting de vehículos que incrementan los tiempos de reacción, en contra de los objetivos del PLADIGA.