CSIF volverá a defender ante el TSXG la igualdad de trato en los procesos de consolidación

DIEZ AÑOS DESPUÉS DEL CONFLICTO COLECTIVO PRESENTADO POR CSIF.

CSIF VOLVERÁ A DEFENDER ANTE EL TSXG LA IGUALDAD DE TRATO EN LOS PROCESOS DE CONSOLIDACIÓN.

EL TSXG DESESTIMÓ NUESTRA PRIMERA DEMANDA EN 2008.

Diez años después de nuestra primera demanda de conflicto colectivo contra la Xunta de Galicia y los sindicatos CCOO, CIG y UGT, firmantes de la Disposición Transitoria 9ª bis, en la que se estableció una injustificable diferencia de trato entre el personal afectado por la consolidación, CSIF volverá al Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TXSG) a defender los mismos principios.

Esta diferencia de trato, basada exclusivamente en la fecha de antigüedad, la considerábamos en el año 2008, y la seguimos considerando en el año 2018, contraria al principio de igualdad, motivo por el cual presentamos una demanda ante el TSXG con la pretensión de que los beneficios establecidos en la Transitoria 9ª bis para el personal con antigüedad anterior al 1/07/1998 (1ª parte) se extendieran a los trabajadores con antigüedad posterior al 30/06/1998 y anterior al 1/01/2005 (2ª parte). Desafortunadamente el TSXG desestimó en 2008 nuestra reclamación.

Pero en el terreno de la consolidación no hemos defendido sólo la aplicación del principio de igualdad. También hemos denunciado en múltiples ocasiones a lo largo de estos años la exclusión de un gran número de trabajadores del derecho a la consolidación por la aplicación de una fecha de corte por la cual se exige que la sentencia en primera instancia declarando al trabajador indefinido no fijo sea anterior a septiembre de 2007. Ese absurdo requisito, pactado también por los sindicatos CIG, CCOO y UGT con la Xunta de Galicia, ha sido ya anulado en numerosas sentencias por los tribunales de justicia.

Igualmente hemos defendido y defendemos que, ante las graves irregularidades y problemas que afectan al proceso, no era adecuado incluir en la OPE 2017 plazas afectadas por la Transitoria Décima del Convenio, y menos las de la segunda parte en solitario, ya que debe acometerse previamente, entre otras cuestiones, la ampliación del número de plazas afectadas por la consolidación.

A pesar de la evidente dificultad de que prospere, CSIF se adherirá a la actual demanda y volverá a defender ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia la aplicación del principio de igualdad en los procesos de consolidación y, por tanto, la extensión de sus beneficios a TODOS los afectados, sean o no afiliados de CSIF.

En este sentido, queremos transmitir tranquilidad y prudencia en un tema de vital importancia para muchos compañeros, ya que los efectos de la sentencia, se gane o se pierda, serán de aplicación a TODOS los afectados. Es rotundamente falso que sus efectos sólo sean de aplicación directa a los afiliados de una determinada organización sindical, manipulación grosera en un terreno últimamente frecuentado por numerosos trileros y oportunistas.