CSIF gana en el TSXG el derecho a la segunda actividad del personal laboral temporal del servicio de incendios

El TSXG estima la demanda interpuesta por CSIF contra CCOO, UGT y la Xunta de Galicia por discriminar al personal temporal e indefinido, y declara que tienen derecho a que se les conceda el pase a la segunda actividad en las mismas condiciones que al personal laboral fijo.

Hace ya más de un año, CSIF se negó a firmar el acuerdo de segunda actividad de los Bomberos Forestales, pactado entre CCOO, UGT y la Xunta de Galicia, porque discriminaba al personal laboral temporal, incluido el personal declarado indefinido no fijo por sentencia, al impedir el pase a la segunda actividad a todos los trabajadores que no tengan la condición de personal laboral fijo.

No existía razón legal alguna para impedir que los compañeros temporales, con 60 años o más, pudieran solicitar el pase a una segunda actividad alejada de la extinción directa en las mismas condiciones que los trabajadores fijos de la misma edad, por lo que en el año 2018 presentamos, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG), una demanda de Conflicto Colectivo contra CCOO, UGT y la Xunta de Galicia por atentar contra el derecho a la igualdad y la no discriminación del personal temporal.

Pues bien, en sentencia de 28 de enero de 2019, el alto Tribunal emite el siguiente fallo:

Que estimando la demanda de conflicto colectivo interpuesta por el Sindicato demandante CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI-F), contra los demandados XUNTA DE GALICIA (CONSELLERÍA DE FACENDA Y CONSELLERÍA DO MEDIO RURAL), el SINDICATO NACIONAL DE COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), la CONFEDERACION INTERSINDICAL GALEGA (CIG), la UNION XERAL DE TRABALLADORES (UGT), y el COMITÉ INTERCENTROS DEL PERSONAL LABORAL DE LA XUNTA DE GALICIA, debemos declarar y declaramos que el personal temporal e indefinido no fijo del Servicio de Prevención y Defensa Contra Incendios Forestales de la Xunta de Galicia, en las diferentes categorías de bomberos forestales, tienen derecho a que se les conceda el pase a segunda actividad, en las mismas condiciones que al personal laboral fijo que trabaja en ese Servicio, condenando a la Xunta de Galicia y a las organizaciones sindicales demandadas a estar y pasar por esta declaración.

 En consecuencia, condenamos a la Xunta de Galicia a convocar, de inmediato, los procesos de pase a la segunda actividad que permitan hacer efectivo ese derecho al personal afectado por este conflicto colectivo.

Por último, desde CSIF queremos dar la enhorabuena a todos los trabajadores temporales e indefinidos de las categorías de Bomberos Forestales, que a partir de ahora podrán libremente, en las mismas condiciones que el personal laboral fijo, solicitar su pase a la segunda actividad.

Además, CSIF ya está estudiando los posibles recursos judiciales contra la nueva discriminación del personal temporal en el acuerdo retributivo ligado a la carrera profesional firmado por CCOO y UGT.