Desvelamos la pretensión de CCOO y UGT de imponer un segundo acuerdo de carrera ilegal para el personal temporal

Ambos sindicatos afirman que el segundo acuerdo de carrera profesional que pactaron con la Xunta el 23 de julio de 2019 extendía la carrera al personal temporal e interino, pero… ¿es verdad?

CCOO Y UGT son responsables directos de las pérdidas retributivas del personal temporal e interino, a los que negaron el acceso a la carrera profesional.

El pasado 23 de febrero, en un infantiloide libelo conjunto, los sindicatos amarillos de la Xunta de Galicia, CCOO y UGT, intentaron eludir con engaños y mentiras su responsabilidad en la firma del acuerdo de carrera profesional. Acuerdo que, desde hace más de tres años, está ocasionando un importante quebranto económico al personal temporal e interino de la Xunta de Galicia, toda vez que se vio excluido del acceso al grado I de carrera profesional.

Sin sonrojarse y, sobre todo, sin pedir perdón por el daño ocasionado, los sindicatos amarillos continúan vertiendo “fake news” al más puro estilo “trumpista”, para intentar tapar una verdad que no admite discusión: ambos sindicatos firmaron un acuerdo ilegal a sabiendas de que ya que existía jurisprudencia que impedía excluir al personal temporal e interino.

En un indecente ejercicio de cinismo, exigen explicaciones a CSIF del motivo de su negativa a apoyar un segundo acuerdo de carrera que ambos sindicatos pactaron en comandita con la Xunta de Galicia en la Comisión de Personal del 23 de julio de 2019. Segundo acuerdo que, según estos sindicatos, extendía la carrera profesional a todo el personal.

No es la primera vez que los «espadachines» de la Función Pública gallega se escudan en el acuerdo del 23 de julio de 2019 para tapar sus vergüenzas, por lo que vamos a explicar en que consistía ese acuerdo pactado por estos sindicatos sin vergüenza y el por qué nunca se llegó a publicar ni a llevar a afecto.

¿El acuerdo que CCOO y UGT apoyaron en la Comisión de personal del 23 de julio de 2019 restituía los derechos del personal laboral temporal e indefinido no fijo y les da acceso a cobrar la carrera profesional?

La respuesta es NO. De forma literal, el acuerdo recogía en su punto quinto:

«…aplicarase ao persoal laboral temporal que, de conformidade co disposto na disposición transitoria bis da Lei 2/2015, do 29 de abril, do emprego público de Galicia, lle sexa expedido un nomeamento de natureza funcionarial interina a partires do cuarto trimestre de 2019…»

Como se comprueba, al personal laboral temporal NO se le permitía el acceso. Todo lo contrario. Lo que pretendía era dar luz verde a la aplicación de la Disposición Transitoria Primera Bis. Disposición que impone la interinización forzosa del personal temporal.  Y sólo bajo la condición de funcionario interino, se podría solicitar la carrera. Por tanto, de forma clara y rotunda, el acuerdo de julio del 2019 no extendía  ningún derecho al personal temporal o indefinido.

¿El acuerdo de CCOO y UGT del 23 de julio de 2019 reconocía el derecho al acceso a la carrera profesional al personal funcionario interino en las mismas condiciones que al personal funcionario de carrera?

La respuesta es NO. Nuevamente, y de forma literal, reproducimos lo que establece dicho acuerdo:

«…se aplicará ao persoal funcionario interino que en 31 de decembro de 2019 acredite ter unha antigüidade de 5 anos na categoría dende a que solicita o complemento equivalente de carreira. As contías económicas serán as que lles correspondan segundo están establecidas para os  grupos ou subgrupos de pertenza segundo a orde citada coa seguinte periodificación:

25% no ano 2020.

25% no ano 2021.

25% no ano 2022.

25% no ano 2023″

En consecuencia, el acuerdo pactado en la Comisión de Personal el 23 de julio de 2019 no daba cumplimiento a la obligación legal de permitir el acceso, en los mismos términos y condiciones que el personal funcionario de carrera, al personal funcionario interino (más tarde y  con más plazo temporal en su percepción) y, además, no reponía el daño económico ocasionado por el primer acuerdo declarado ilegal.

En resumen, el nuevo acuerdo que CCOO y UGT pactaron en julio de 2019, temerosos porque sabían que los tribunales de justicia iban a declarar ilegal su primer acuerdo, peca de las mismas ilegalidades; impide el acceso a la carrera del personal temporal e indefinido condenándolo a la interinización forzosa y a la pérdida de los derechos adquiridos como personal laboral, y establece para los funcionarios interinos, que cumplían los requisitos 31 de diciembre de 2018, un acceso distinto y en peores condiciones.

De hecho, el acuerdo de 23 de julio de 2019, a pesar de haber sido aprobado en la Comisión de Personal, no fue nunca publicado ni puesto en práctica, pues Función Pública era perfectamente consciente de su absoluta ilegalidad.