La Xunta quiere impedir el acceso a la segunda actividad a los interinos del SPDCIF

  • Si la propuesta de la Xunta consigue apoyo sindical, los interinos no tendrán derecho a disfrutar de la segunda actividad.
  • Pretenden discriminar a más de 800 trabajadores temporales del SPDCIF, incumpliendo el acuerdo de bomberos forestales y el convenio colectivo. 

Tras la reunión de la comisión de seguimiento del acuerdo de Bomberos Forestales celebrada el viernes, 2 de junio de 2017, ha quedado claro que la Dirección Xeral de Función Pública, con el silencio cómplice de Medio Rural, pretende impedir el acceso a la segunda actividad a más de la mitad de los trabajadores del Servicio de Prevención y Defensa Contra Incendios Forestales (SPDCIF).

Para CSIF es vergonzoso que se pretenda, sin más argumento que unos imaginarios problemas jurídicos, discriminar al personal laboral temporal del Servicio de Incendios.

Son numerosas las sentencias, parte de ellas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determinan la aplicación del principio de igualdad de trato al personal temporal al servicio de las administraciones públicas. Y pocas son las razones objetivas que puedan permitir exceptuar la aplicación de dicho principio.

CSIF considera que el personal laboral interino del SPDCIF tiene todo el derecho de participar y acceder a la segunda actividad en igualdad de condiciones que el personal fijo y que, impedir su acceso por su condición de temporalidad, atenta gravemente contra el principio de igualdad de trato e incumple la reiterada doctrina judicial al respecto.

No existe, a juicio de CSIF, razón alguna para impedir que lo compañeros temporales, con 60 años o más, puedan solicitar el pase una segunda actividad alejada de la extinción directa en las mismas condiciones que los trabajadores fijos de la misma edad.

Recientemente la Seguridad social ha cerrado la puerta de la jubilación parcial al personal temporal, aunque cumplan los requisitos de edad y cotización. Y ahora es la propia Consellería de Facenda, a través de la Dirección Xeral de Función Pública la que, en vez de tutelar los derechos y garantías de estos trabajadores, pretende cerrarles la puerta de la segunda actividad sin justificación alguna.

El desarrollo de la segunda actividad forma parte del acuerdo de bomberos forestales firmado por CSIF el pasado mes de septiembre. En dicho acuerdo se pactó que TODO EL PERSONAL dedicado a la extinción de incendios tendría derecho a la segunda actividad, por lo que pretender impedir el acceso de los temporales incumple el acuerdo firmado.

Además, el propio Convenio Colectivo de la Xunta de Galicia establece que “Todo el personal laboral dedicado a la extinción de incendios, una vez cumplidos los 60 años, podrá pasar voluntariamente a una segunda actividad desligada de la extinción directa…”

Por todo lo expuesto, desde CSIF anunciamos que no apoyaremos un acuerdo que no contemple al personal temporal y advertimos de que, en caso de que salga adelante con otros apoyos sindicales, acudiremos a los tribunales de justicia a denunciar lo que consideramos un atentado a los derechos fundamentales del personal interino del SPDCIF.

Documentación para la reunión del 6/06/2017:

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