La Xunta seguirá adjudicando a dedo los puestos de jefatura de servicio y excluye a los sindicatos de la comisión de valoración

  • Aprueba con el voto sindical en contra el Decreto que regula la cobertura de las jefaturas de servicio a través del sistema de Concurso Específico y Libre Designación.
  •  Mantiene la discrecionalidad en las coberturas por Concurso Específico y las blinda durante 5 años para que no se vean afectadas por un cambio de Gobierno

 El 10 de marzo de 2015, el Conselleiro de Facenda, Valeriano Martínez, subía a la tribuna del Parlamento y reconocía que los ciudadanos “non entenden que os postos técnicos vaian elixidos por libre designación ou por antigüidade”. Todo ello para afirmar posteriormente, sacando pecho, que con la nueva Ley del Empleo Público de Galicia los 500 jefes de servicio de la Administración General (los que dependen directamente de la Consellería de Facenda) serán seleccionados mediante concurso específico por procedimiento público.

Cuatro años después, en la Comisión de Personal celebrada el pasado día 6 de marzo de 2019, el gobierno gallego aprobó el Decreto por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera, que regula, entre otras cuestiones, la cobertura de los puestos de Jefatura de Servicio a través del sistema de Concurso Específico y, excepcionalmente, a través del sistema de Libre Designación.

En la actualidad, y con la práctica totalidad de las Relaciones de Puesto de Trabajo de las diferentes consellerías, existen cerca de 900 Jefaturas de Servicio. De ellas, cerca de 350 son consideradas por Facenda como de cobertura “excepcional” por Libre Designación (nombramiento discrecional) aduciendo para ello razones de especial responsabilidad, especial deber de sigilo, custodia de datos personales, etc. Razones todas ellas rechazadas por los sindicatos, por formar parte de los deberes de cualquier funcionario y sancionadas en la Ley de empleo público de Galicia en caso de incumplimiento.

El resto de las Jefaturas de Servicio, cerca de 550, tienen su forma de provisión a través del sistema de Concurso Específico; es decir deben de adjudicarse de manera objetiva a través de un concurso público y en razón de los méritos y capacidad de los solicitantes.

El problema está en la baremación de ese concurso. El decreto prevé dos fases. Una primera de valoración de méritos generales y específicos que tendría un carácter objetivo y que supone el 55% de la puntuación máxima alcanzable. Pero es en la segunda fase en donde se da pie a la arbitrariedad. Dicha segunda fase contempla, entre otros parámetros de valoración, memorias elaboradas por los candidatos, así como entrevistas a puerta cerrada entre el candidato y la comisión de valoración. Es decir, se trata de parámetros de valoración totalmente arbitrarios y discrecionales.

CSIF, durante todo el proceso de negociación, defendió que, si la intención real de Facenda era que estos puestos fuesen cubiertos de manera objetiva por los funcionarios de mayor capacitación y huir de la arbitrariedad, la segunda fase de valoración (la subjetiva mediante entrevistas) debería de ser eliminada o, cuando menos, reducir al mínimo su peso en la valoración total. Y, en todo caso, que era necesaria la presencia sindical en la comisión de valoración. Tal y como ocurre en los concursos de traslados ordinarios (el resto de los 11.000 puestos de la Administración General) en donde sí forma parte de la comisión de valoración un representante sindical.

Así mismo, desde CSIF se puso de manifiesto que en la Administración General del Estado el Real Decreto 364/1995 reconoce expresamente en su artículo 45 la participación sindical en las valoraciones de los concursos específicos, para garantizar su objetividad y transparencia.

En el caso de la Xunta de Galicia, el Director Xeral de Función Pública manifestó a los sindicatos que su exclusión de la comisión de valoración en los concursos específicos era una “raya roja” del gobierno gallego. Lo cual pone de manifiesto cual es la verdadera intencionalidad que subyace.

Hay que mencionar que, a diferencia de los puestos adjudicados por Libre Designación que son objeto de cese discrecional, los puestos adjudicados por Concurso Específico tienen garantizada una permanencia de 5 años. Con lo cual, las Jefaturas de Servicio que se adjudiquen a partir del mes de abril (fecha prevista de entrada en vigor de este Decreto), permanecerán vigentes hasta el año 2024, dos años después de la celebración de las elecciones autonómicas en Galicia.