Consecuencias del acuerdo de concertación:
- La nómina del mes de abril recoge pagos de la carrera profesional a parte de los trabajadores que ya la solicitaron.
Por primera vez en la Xunta de Galicia, se establece una doble tabla salarial en función de la condición de temporal o fijo del empleado público.
Con la complicidad de CCOO y UGT, que lo aprobaron en el vergonzoso “Acuerdo de Concertación” publicado en el DOG del pasado 29 de enero, la Xunta de Galicia pagará, a partir de ahora, retribuciones más bajas al personal laboral temporal y al personal funcionario interino por el simple hecho de no ser fijos.
De hecho, la nómina del mes de abril ya refleja pagos de cantidades correspondientes al complemento de carrera para aquellos empleados públicos fijos que la solicitaron en los primeros días del mes.
Debemos recordar que, aunque temporales e interinos cumplan los requisitos establecidos para el acceso extraordinario al grado I de carrera, el acuerdo de concertación firmado por CCOO y UGT, establece para ellos un “grado inicial” sin derecho a cobro por un periodo de cinco años, mientras que el personal funcionario de carrera y el personal laboral fijo (si acepta someterse a un incierto proceso de funcionarización y bajo amenaza de devolución de lo cobrado) accede directamente al “grado I” que sí genera efectos económicos desde el 1 de enero de 2019.
Una vez más, desde CSIF seguimos defendiendo que la carrera profesional es una condición de trabajo sobre la que recae la obligación directa de la Directiva europea, superior a toda norma local, de no discriminación entre el personal temporal y el fijo, tal y como sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el fallo del Conflicto Colectivo planteado por CSIF contra la discriminación del personal temporal del Principado de Asturias.
Con la admisión a trámite del recurso contencioso administrativo presentado por CSIF ante el TSXG hemos iniciado la batalla judicial contra este despropósito, la cual reforzaremos en las próximas fechas con nuevas demandas judiciales contra los aspectos más perjudiciales del “Acuerdo de la Traición”.