- El juicio se celebrará el próximo 19 de septiembre.
- También se solicita la nulidad del requisito de funcionarización para el personal laboral fijo
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha admitido a trámite la demanda de Conflicto Colectivo presentada por CSIF contra el acuerdo de carrera profesional firmado por CCOO y UGT con la Xunta de Galicia. Con esta demanda, desde CSIF buscamos alcanzar los siguientes objetivos:
- Que se declare el derecho de los trabajadores temporales, incluido el personal indefino no fijo, a acceder a la carrera profesional y percibir el complemento de carrera en los mismos términos y condiciones en que lo hace el personal laboral fijo, declarando nulos cuantos acuerdos o clausulas nieguen dicho principio de igualdad.
- La demanda judicial también reclama la nulidad de las cláusulas del Acuerdo de Concertación firmado por CCOO y UGT que obligan al personal laboral a funcionarizarse para poder acceder a la carrera profesional y percibir el complemento de carrera.
No es necesaria la presentación de reclamaciones individuales
Desde CSIF recordamos a todo el personal temporal que la presentación de este conflicto colectivo, en el que se reclama su derecho a percibir el complemento de carrera desde el 1 de enero de 2019, suspende los plazos de prescripción y hace innecesaria la presentación de reclamaciones judiciales de carácter individual, dando de esta forma respuesta a las numerosas peticiones recibidas para que, desde CSIF, busquemos solución a la grave discriminación provocada por el acuerdo firmado por CCOO y UGT.
El Tribunal Superior de Justicia fija para el 19 de septiembre el acto de juicio
Además de la admisión a trámite de la demanda, el alto tribunal señala en su resolución el día 19 de septiembre de 2019, a las 10:15 horas, como fecha para la celebración del acto de juicio.
Funcionarios Interinos
Con respecto a los Funcionarios Interinos, el 29 de marzo pasado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia también admitió la demanda presentada por CSIF para que dichos trabajadores pudiesen acceder a la carrera profesional en las mismas condiciones que el funcionario de carrera.