CIG, CCOO y UGT, grandísimas hijas de la Función Pública

Tres eran tresReunión sobre  la propuesta de creación de las categorías de Xerocultores y PSX en el ámbito del V Convenio, a fin de posibilitar la integración del personal del Consorcio de I+B como personal laboral de la Xunta:

Cuenta un romance anónimo que tres eran tres las hijas de Elena, ”tres eran tres y ninguna era buena”. Elena de Mendoza, al enviudar y ante la falta de recursos, convirtió su casa en un burdel en el que trabajaban sus tres hijas, Julia, Paloma y Elena, con quienes repartía las ganancias obtenidas de los cristianos, a los que engañaban y traicionaban con malas artes.

Pues bien, después de la reunión mantenida hoy, 08 de febrero de 2017 –continuación de la de ayer– entre la Dirección Xeral de Función Pública y los cuatros sindicatos presentes en la Mesa Xeral de Negociación de Empregados Públicos, parece que el romancero cobra vigencia. En la reunión se abordó la Propuesta de creación de las categorías de Xerocultores y PSX en el ámbito del V Convenio, a fin de posibilitar la integración del personal del Consorcio de I+B como personal laboral de la Xunta.

Y así se vio como la Dirección Xeral de Función Pública utiliza a CIG, CCOO y UGT, como Doña Elena utilizó a sus hijas, para engañar y traicionar al conjunto de los empleados públicos, dejándose utilizar estas organizaciones a saber por cuales generosos beneficios, y convirtiéndose de este modo CIG, CCOO y UGT -el Frente Sindical de Clase– en las grandísimas hijas de la Función Pública gallega.

I.- CATEGORÍAS DE AUXILIAR DE CLÍNICA/XEROCULTORES. Movilidad recíproca:

Si bien la propuesta presentada ayer, y que ya venía “cocinada” con los sindicatos de clase, permitía la movilidad del personal Auxiliar de Clínica a los puestos de Xerocultor ocupados por personal temporal, con el consiguiente despido del trabajador, la nueva propuesta que hace hoy el Frente Sindical de Clase es que esa movilidad sea recíproca; es decir, que el personal Xerocultor pueda ocupar también los puestos de Auxiliar de Clínica de Política Social a través de todas las fórmulas de movilidad que permita el Convenio, siempre que se cumpla con el requisito de titulación (sic.)

II.- CATEGORÍA/ESCALA DE FUNCIONARIOS DE PSX. Se confirman las denuncias de CSIF:

Como consecuencia de las reiteradas denuncias de CSIF alertando sobre la intención de Función Pública de extinguir los cuerpos de Subalterno y Auxiliar Administrativo, para convertirlos en PSX con la consiguiente reducción de puestos de trabajo, el Frente Sindical de Clase, ante el temor de la reacción de los funcionarios, pidió acotar su implantación. Después de un receso para que el Director de Función Pública consultase con el Conselleiro de Facenda esta petición, la respuesta fue clamorosa:

La Consellería de Facenda está en condiciones de garantizar que sí se acotará la implantación de la Escala de PSX pero única y exclusivamente en los edificios administrativos de los Servicios Centrales de Santiago de Compostela, en concreto en los edificios de San Caetano y de San Lázaro.

Dicho de otro modo, la Dirección Xeral de Función Pública confirma las denuncias de CSIF y confirma su intención de extinguir los cuerpos de Subalterno y Auxiliar Administrativo en las Jefaturas Territoriales, implantando en todas ellas la figura del PSX.

Como este constituyó motivo para que el Bloque Sindical de Clase se negase a asumir la propuesta ante el miedo a ser repudiados por el personal Subalterno y Auxiliar Administrativo, , el director de Función Pública ofreció a los sindicatos la posibilidad de presentar una nueva propuesta de acotación en la implantación de la Escala de PSX que incluyese a los edificios administrativos de las Jefaturas Territoriales, pero anunciando que su admisión por Facenda sería muy difícil y que él carecía de mandato para aceptarla.

No obstante, en el caso de que este nuevo acotamiento fuese admitido por Facenda, la Escala de PSX se implantaría en todos los demás centros de trabajo de la Xunta en todo el territorio de la Comunidad: colegios, institutos, bibliotecas, oficinas de empleo, etc.

EL CASO CIG. Cuando la imprenta miente más que la palabra:

CIG fue el único sindicato de los de clase que en su momento se posicionó junto con CSIF en la denuncia y rechazo a la creación de la figura del PSX (Escala Frankenstein, fue como la denominó). Afirmaba en sus manifiestos y boletines que esta escala contravenía el artículo 40.2 de la Ley de Empleo Público de Galicia, perjudicaba a subalternos y auxiliares administrativos y que no descartaban emprender todo tipo de acciones contra la creación de la “escala Frankenstein”.

No obstante ahora, a puerta cerrada y sin hacerlo público, sí admite la creación de la escala Frankenstein, eso sí, siempre y cuando su implantación en las RPT’s se negocie con los sindicatos (lo cual es ya una obligación contenida en el EBEP) y se constituya una comisión de seguimiento de contenido meramente formal y sin carácter vinculante en donde participen los sindicatos como “testemuñas mudas” (sic.)

III.- LA POSTURA DE CSIF:

1.- Vigencia del Acuerdo de Integración:

El Acuerdo de Integración del personal del Consorcio de I+B como personal laboral de la Xunta nació como un acuerdo sometido a plazo y ello por exigencia en su momento de CIG. Así en su Cláusula Primera se establece que:

A dita creación de categorías do convenio colectivo único deberá estar negociada e claramente determinada polas partes antes do día 20 de decembro de 2016.

As partes acordan que este é un requisito inexcusable e previo para poder proceder a adhesión do persoal do Consorcio ao Convenio colectivo único do persoal laboral da Xunta de Galicia de modo que, de non acadarse acordo neste punto a adhesión non terá lugar.”

CSIF alertó de que al haberse superado este plazo, cualquier trabajador, tanto de la Xunta como del Consorcio u otra persona afectada, podría denunciar el Acuerdo, por lo que sería conveniente, en aras de garantizar la legalidad del mismo, rectificar este plazo y volver a llevar el Acuerdo a la Comisión de Personal. Extremo que fue confirmado tanto por Función Pública como por los demás sindicatos. Pero la realidad es que, a fecha de hoy, el acuerdo de integración tiene dudosa vigencia.

2.- Suficiencia de crédito para pago de trienios y equiparación salarial:

Como respuesta a la pregunta formulada por CSIF, el Director Xeral de Función Pública garantiza que existe crédito contemplado y suficiente para el pago de los trienios con efectos de 1 de enero de 2017, así como para comenzar con la equiparación salarial a partir del año 2018. De hecho, según informó el DX de Función Pública, el borrador de la Orden de Confección de Nóminas para el año 2017 que se publicará en breves días ya contempla el pago de los trienios al personal del Consorcio.

3.- Aplicación de la Disposición Transitoria Sexta de la Lofaxga:

Ante la situación de enfrentamiento que de modo interesado se está a generar desde algún ámbito sindical y “para-sindical” entre el personal laboral de la Xunta y el personal del Consorcio. Y ante el más que justo derecho de que el personal del Consorcio vea satisfechas sus expectativas de equiparación salarial y de cobro de trienios sin que tenga que seguir siendo víctima de los chantajes de Facenda y del juego de tronos de los sindicatos de clase, CSIF exige el inmediato cumplimiento del mandato de la Lofaxga y la convocatoria, sin más dilación, de la Mesa General de Empleados Públicos.

La Disposición Transitoria Sexta establece literalmente:

“En relación con el personal regulado en el título III de la presente ley cuyo régimen jurídico le asigne retribuciones inferiores a las establecidas en el convenio colectivo del personal de la Xunta de Galicia para las correspondientes categorías se procederá, en un plazo de dos años desde la aprobación de la presente ley, a negociar con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos la aplicación del convenio colectivo del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Esta aplicación tendrá en cuenta la situación presupuestaria y podrá establecer un calendario de homologación para proceder a esa equiparación, que se fijará tras la previa negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos.”

Es decir, ya en el año 2012 tendría que haberse iniciado la equiparación salarial. La Xunta argumentó para no hacerlo en ese momento la situación de crisis económica.

En noviembre de 2015 CSIF exigió nuevamente por escrito al Conselleiro de Facenda la aplicación de la Transitoria Sexta. Esta vez la respuesta fue que, a pesar de que la situación económica había mejorado, todavía no permitía abordar la equiparación salarial.

Pero ahora la realidad es distinta: Una vez que el Director Xeral de Función Pública reconoce y garantiza expresamente que existe crédito suficiente y contemplado para la equiparación salarial, ya no hay excusa para demorar ni un día más el establecimiento del calendario y pago inmediato de trienios, sin someter ello a chantajes ni coacciones, ni enfrentar entre sí a colectivos de trabajadores. Si ahora Facenda no lo quiere hacer es, simple y llanamente, por que no hay voluntad de hacerlo.

La equiparación salarial del personal del Consorcio y la aplicación del convenio es un mandato legal de obligado cumplimiento!!

El recurso a los Tribunales de Justicia:

Los servicios jurídicos de CSIF están ya estudiando las medidas judiciales a adoptar ante la jurisdicción correspondiente para que la Xunta cumpla con este mandato legal. El personal del Consorcio de I+B, ya sea por acuerdo ya sea por sentencia y más pronto que tarde verá satisfechos todos sus justos y legítimos derechos.

CSIF, 08 de febrero de 2017

CSIF, HACEMOS LO QUE DECIMOS, DECIMOS LO QUE HACEMOS