CSIF ha votado en contra de la Oferta de EmpleoPúblico 2017 para la Administración Xeral da Xunta. Facenda ha presentado una propuesta que calificamos de insuficiente, injusta y que provocará una gran inseguridad e incertidumbre entre un gran número de empleados públicos.
Es una OPE INSUFICIENTE. Las plazas de turno libre que la Xunta oferta en el año 2017 para la administración general son 426. Una cantidad pírrica a la que además hay que descontar el porcentaje reservado para la promoción interna. CSIF no puede apoyar una OPE que no da cumplimiento al acuerdo de estabilización que firmamos con el gobierno central y que permitiría ofertar, también en la administración general y en este año, un número significativamente superior de plazas. Estamos ante una nueva oportunidad perdida para reducir la temporalidad por el empecinamiento de Función Pública.
Es una OPE INJUSTA. Además de incumplir el acuerdo de consolidación establecido en la Disposición Transitoria Décima del V Convenio, incumple gravemente el acuerdo alcanzado en el año 2016 por el que se estableció el compromiso de ofertar, en la OPE 2017, plazas de aquellas categorías de personal laboral con una mayor tasa de temporalidad.
Es una OPE que genera INSEGURIDAD JURÍDICA e INCERTIDUMBRE. La decisión de ofertar como plazas de personal funcionario plazas de personal laboral sin tan siquiera haber comenzado la negociación de un decreto de funcionarización, que regule la forma y las condiciones en las que se va a llevar a término, es un auténtico despropósito. Desde CSIF reclamamos la oferta, COMO PLAZAS DE PERSONAL LABORAL, de todas las vacantes, previo a cualquier proceso de funcionarización. Y paralelamente:
- Exigimos que se inicie la negociación de las condiciones de una funcionarización que por ahora NO podemos apoyar, ya que nace viciada por la imposición de sus condiciones en la ley de acompañamiento de los presupuestos 2017.
- Exigimos garantías de que en los futuros procesos no se perderá ni un solo puesto de trabajo, no habrá ni un solo despido y no se obligará a la interinización forzosa del personal laboral temporal.
Tampoco se dan las garantías jurídicas necesarias para afrontar la convocatoria de los procesos de consolidación al carecer de un decreto regulador. Y tampoco tenemos determinado el número de plazas a convocar, ya que ni la RPT de consolidación ni las sucesivas OPE’s del 2008 y 2009 recogieron las plazas de aquellos trabajadores que cumplían el requisito de antigüedad pero que obtuvieron sentencia con posterioridad al 2007 y que ahora ven como los tribunales reconocen su derecho a formar parte del proceso.
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